REVISIÓN CASACIONAL DE LA CUANTÍA INDEMNIZATORIA

jueves, 14 de junio de 2012

REVISTA PARA EL ANÁLISIS DEL DERECHO - INDRET - ESPAÑA

De: Marian Gili Saldaña - Albert Azagra Malo
Facultad de Derecho - Universitat Pompeu Fabra


1. Antecedentes de hecho

La noche del 30.5.1989, la Comisión de Fiestas de la Parroquia de San Fernando (Formentera, Illes Balears) organizó una verbena que incluía un espectáculo pirotécnico a cargo de Hugo y durante la cual los asistentes podían adquirir petardos en casetas instaladas al efecto. La tarde del día siguiente, Valentín, de siete años de edad, manipuló un artefacto que había quedado en el lugar de la celebración y le explotó en las manos. Como consecuencia de la explosión, Valentín sufrió amputación total del pulgar y parcial de los dedos índices y corazón, todos ellos de la mano izquierda. Asimismo, le quedaron como secuelas una cicatriz de siete centímetros en la palma de dicha mano y rigidez de la  articulación interfalángica  de los dedos anular y meñique, con rotación interna de este último dedo.  

Alfonso, en representación de su hijo Valentín, demandó a Hugo, a la Comisión de Fiestas de San Fernando, al Ayuntamiento de Formentera y  a la compañía aseguradora de este último,
“Catalana de Occidente, S.A.”, y solicitó 3.606,07 € por los días que el menor estuvo incapacitado para sus ocupaciones habituales y 173.587,45 € por las secuelas,  así como una cantidad en concepto de daño moral a determinar en fase de ejecución de sentencia.  

El Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Ibiza (5.2.1997) estimó en parte la demanda, condenó al Ayuntamiento de Formentera al pago de 61.437,04 € y absolvió al resto de demandados. 

La Audiencia Provincial  de Palma de Mallorca (Sección 4ª, 7.10.1998) desestimó el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de  Formentera  y estimó en parte el recurso de Alfonso, en  el sentido de extender la condena, como responsables solidarios, a  Hugo y a la  compañía aseguradora “Catalana de Occidente, S.A.”, ésta última hasta el límite de cobertura del seguro (30.005,61 €).